lunes, 16 de marzo de 2009

El Caso de La Aguacatala


El Caso de La Aguacatala

Este acontecimiento al que se hace referencia en la página 30 lo explica en detalle Ramón Arturo Vélez-Arango estudioso de nuestra genealogía, quien dice que «Manuel Escobar-Peláez casó con Micaela Ángel-Uribe en 1750 y se avecinaron en el sitio de Aguacatal. Fueron padres de seis, el cuarto José Antonio Escobar-Ángel casó con Mariana Trujillo-Vélez, padres de Juan Pablo Escobar-Trujillo quien casó con Mariana Echeverri y engendraron a Daniel Escobar-Echeverri, alias “El Hachero” nacido en 1851 quien cometió el sonado crimen de La Aguacatala, en El Poblado, cercano a Medellín, el 2 de diciembre de 1873 cuando «una tarde después de almorzar con unos primos que apreciaba, se levantó, descolgó un hacha de la pared y los picó a conciencia.» [Eduardo Escobar, Contravía, EL TIEMPO, Octubre 5 del 2004]. En Estado Alterado de Conciencia Mística.Agregado mío

Se refugió en el Noroeste

Daniel fue condenado a la pena de 96 años, pero finalmente se fugó de la cárcel y huyo de las autoridades por más de 35 años, refugiándose en Betulia por la época de la Guerra de los Mil Días, en la finca ‘Aguacatal’, propiedad de don Joaquín Vélez-Restrepo y su esposa Feliciana Trujillo-Arango. En la casa que habitó construyó un túnel hasta una quebrada, que su entrada se cubría automáticamente con maleza, quedando totalmente fuera de la vista humana y eludiendo así la presencia de la policía, por eso fue llamado ‘El Brujo’.

Daniel casó en Betulia el 22 de octubre de 1890 con Cratalda Agudelo-Osorio, la llamaban ‘Azucena’, pasando luego a Urrao donde constituyó un hogar modelo y fundó una escuela de artes u oficios, allí se educó, en su época una juventud ansiosa de saber. Fue Daniel un ebanista consumado, trabajador infatigable e ingenioso, se ocupaba del montaje de trapiches para moler caña, construcción de caminos y acueductos rurales y casas de habitación. Un verdadero ingeniero empírico, murió en Urrao por la década de 1930.

Por una Ley de Indulto

Por una Ley de indulto, la número 4 de 1908, publicada en los “Anales de la Asambleas Nacional” del 14 de Agosto, declaró prescrita ciertas penas y derogó la Ley 27 de 1907. En su artículo 5-to decía: “declarase así mismo prescritas las penas impuestas o imponibles por delitos comunes perpetrados con anterioridad al año 1875. Los sindicados o reos de estos últimos delitos gozarán de libertad desde la expedición de la presente Ley”.
Parágrafo: Esta gracia comprende especialmente a Daniel Escobar, reo convicto y castigado ya por el célebre crimen de Aguacatal en el departamento de Antioquia. Firmada por el general Rafael Reyes como Presidente de la República y como vicepresidente de la Asamblea Nacional Constituyente y Legislativa, la subscribió Alfredo Vásquez-Cobo.
Fue indultado porque trazó el mapa de la batalla de Aguacatal en 1900, Febrero 18, en que los Liberales de Uribe-Uribe vencieron a los Conservadores del general Fructuoso Escovar en las estribaciones de San Mateo.

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